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Cumplimiento

El expediente es la condición para operar

Ningún participante publica oferta ni recibe liquidaciones sin haber acreditado su constitución, su representación, sus licencias y su titularidad real. No es burocracia: es lo que permite que un proveedor confíe en una red de agencias que no conoce, y que una agencia confíe en inventario de un proveedor que no ha visitado.

Los ejes

Qué verificamos y por qué

Identificación y prevención

El cobro se opera a través de Binkio Pay, S.A.P.I. de C.V., sujeta a obligaciones de identificación. Cada participante entrega y mantiene actualizada su información de identificación, titularidad real y origen de recursos.

Expediente vivo

La documentación no se entrega una sola vez: licencias, registros y pólizas se vigilan por vigencia y deben renovarse. La falta de entrega faculta a suspender publicación y liquidaciones.

Listas de sanciones

Cada parte declara que ni ella ni sus accionistas de control, consejeros o directivos relevantes figuran en listas de personas bloqueadas o sancionadas, y se obliga a notificar de inmediato cualquier cambio.

Anticorrupción

Prohibición expresa de ofrecer, prometer, entregar o recibir, directa o indirectamente, cualquier pago o beneficio indebido a servidores públicos o a particulares. Su incumplimiento permite rescindir de inmediato.

Protección de datos

Los datos del viajero se tratan exclusivamente para reserva, cobro, prestación y seguimiento. Las transferencias internacionales se informan en el aviso de privacidad y las vulneraciones se notifican dentro de 48 horas.

Divulgación previa al pago

Identificar al proveedor como prestador y responsable, de forma clara y previa al pago, es condición esencial del contrato. La obligación se traslada a las agencias afiliadas y se vigila su cumplimiento.

Marco normativo

Las normas que rigen la operación

Disposición Materia
Código de Comercio, artículos 273 y siguientes Comisión mercantil: naturaleza de la relación, alcance de las facultades y rendición de cuentas (art. 289).
Código de Comercio, artículos 283 a 285 Obligación del comisionista de hacer constar su carácter frente a terceros y consecuencias de actuar en exceso de las facultades conferidas.
Código de Comercio, artículos 89 a 114 y 97 Comercio electrónico y requisitos de fiabilidad de la firma electrónica avanzada.
Código Civil Federal, artículos 1803, 1811 y 1834 Bis Consentimiento expresado por medios electrónicos y equivalencia funcional de la firma electrónica.
Código Civil Federal, artículo 1843 Límite de la pena convencional al valor de la obligación principal.
Ley General de Turismo, artículo 47 Inscripción de los prestadores de servicios turísticos en el Registro Nacional de Turismo.
LFPIORPI, artículo 17, fracción XVI Actividad vulnerable de servicios de cobros, pagos y depósito en garantía por la que está registrado el procesador de pagos del grupo.
Ley Federal de Protección al Consumidor Veracidad de la publicidad y prohibición de atribuir a los servicios características que no poseen.
NOM-151-SCFI-2016 Constancia de conservación de mensajes de datos, cuando las partes la estimen conveniente.

Proveedores en Cuba

Un régimen documental adicional

Aviso

Sobre esta página

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